martes, 22 de abril de 2014

TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE “EL MÓVIL DE NACIÓN”

Decreto Nacional 1088/11
“Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos”

Durante más de 200 años de historia argentina,  tuvimos tiempo para elaborar, discutir, redactar y consensuar una ley que tienda a una solución ética, viable, económica y definitiva para controlar la superpoblación de animales de compañía (perros y gatos)
En su defecto, el Gremio que más atenta en contra del Control Poblacional de la Fauna Urbana, se enquistó en el poder político buscando desarraigar la idea del Servicio Público.Fue a partir de esa maniobra que surge este decreto, basándose en gran medida en conceptos perversos de la WSPA (Sociedad Mundial para la Protección Animal). De hecho ya lo ha conseguido en los lugares en los que se adhirió.Comenzando (solo a veces) con un móvil quirúrgico que está unos días, realizan algunas castraciones, charlas sobre “tenencia responsable”, muchas fotos, y luego sobrevienen las capturas (tales son los casos más recientescomo Victoria, Chajarí, Tierra del Fuego, entre tantos otros). Iniciándose en dichas localidades, capturas  y posteriores matanzas o encierros, los cuales son matanzas por omisión.

Art. 2º — “… disminuir e instaurar, en lo posible …, soluciones no eutanásicas …”

Art. 4º — “… que contribuyan tanto a la disminución de soluciones eutanásícas…”

“Impedir la eutanasia indiscriminada”. Lo que quiere decir que si discriminan a que perros matar, estará permitido?Continuando con: "Y si es necesaria.....utilizar el método más rápido posible", con lo cual la legitima.

AQUÍ YA NO SE HABLA DE EUTANASIA, SINO DE MATANZAS
Puede entonces esto, ser considerado como una Solución Ética?

Incluir en la redacción del mismo:
“Que, asimismo, la ORGANIZACION MUNDIALDE LA SALUD, en el año 1990, elaborólas “Guías para el manejo de la poblacióncanina”, las que deben observarse en elámbito nacional.”…

Se refiero a esto:
LA OMS EN SUS GUÍAS PARA EL MANEJO HUMANITARIO DE POBLACIONES CANINAS DICE EN LA pág 15.-:
“Cuando se asume el funcionamiento de lugares para retener animales o centros o redes de adopción, se requerirá administrar la eutanasia a animales que estén sufriendo enfermedades o lesiones incurables o problemas de comportamiento que hagan que no puedan ser reubicados o que no puedan sobrellevar su estadía en el centro lo suficientemente bien como para mantener un nivel razonable de bienestar....Al final, un programa de manejo de poblaciones exitoso debe crear una situación donde éstas sean las únicas ocasiones en las que se deba requerir de la eutanasia y donde se pueda hallar un buen hogar para todos los perros saludables. Sin embargo, en la realidad, la mayoría de los países no podrá lograr esta situación inmediatamente sino que necesitará trabajar para llegar a ella, aceptando quealgunos animales saludables deberán recibir la eutanasia porque no hay suficientes hogares que puedan proporcionar un buen nivel de bienestar.....”
… Y Argentina es uno de esos países

De adherir a este decreto, se cae en la trampa de que toda decisión que pueda intentar algún funcionario, ahora o a futuro, quede invalidada por la llamada AUTORIDAD DE APLICACIÓN, (Colegio de Veterinarios), quien en algún momento podrán decidir sobre el destino de los animales, siendo atributo deeste ente, por ejemplo, matar a todos los perros sin dueño aparente o que no estén vacunados, ante el riesgo de una posible epidemia.
Válido es aclarar que los riesgos ante las epidemias, se anulan vacunando adecuadamente en tiempo y forma a no menos del 75% de la población animal, situación ésta que desde hace años, en el país se viene dejando de lado.
El Dr. Juan Enrique Romero, quien siendo su más firme defensor y referente, hace sus presentaciones en forma secreta, nadie sabe que dinero hay, si es que en algunos casos lo hay, no se publican montos, o sea: CERO INFORMACIÓN.Además de presentarse siempre con asesores legales, PARA NO RESPONDER, A QUIENES SABEN QUE PREGUNTAR. Motivo suficiente para aseverar que, todos sus argumentos, son falsos.
         Tienen apariciones esporádicas, y dan charlas solo para hablar de “tenencia responsable”, latiguillo éste muy utilizado para deslindar en la comunidad, una problemática la cual solo el Estado debe asumir por estar ligada directamente al Área de la Salud Pública.

En cuanto a las leyes:
         No se puede adherir solo a una parte de una ley (o se adhiere o no se adhiere). Las leyes deben ser claras y precisas. Con penas claras y de estricto cumplimiento. Consensuadas entre toda la comunidad por medio de sus representantes, en lugar de surgir a escondidas.
Recordemos que ante la Ley:
LO QUE NO ESTÁ PROHIBIDO, ESTÁ PERMITIDO.
NOMBRAR LA EUTANASIA (en realidad matanza) Y NO PROHIBIRLA EXPRESAMENTE, LA LEGITIMA.

Por último:
Steven Wise, experto en primatología e inteligencia animal y profesor de derecho en la Universidad de Harvard y en la de Vermont. Autor de varios librosy acérrimo defensor de los derechos legales de los animales y quien siempre se ha movido en el ámbito académico (inclusive creó la primera cátedra del mundo dedicada a este fin),disertó por videoconferencia en el Primer Congreso Nacional de Derecho Animal en setiembre del año 2012 en Córdoba, en el cual varios cientosde asistentes rechazaron unánime y categóricamente al decreto 1088/11

Por todo esto, la Asociación Protectora de Animales “Hocicos Felices”, además de rechazar y repudiar firmemente al citado decreto y a todo lo quede él venga,cumple en advertir al intendente local, y a todos los intendentes o presidentes comunales de la región e inclusive de todo el territorio nacional, para que no caigan en la trampa de adherirse. Por considerar al mismo como malicioso y ambiguo, de libre interpretación y fácil manipulación. El cual hará involucionar hasta el fracaso a las localidades que hubieren adherido, llevándose consigo la vida de muchos animales, los que no debieron haber nacido si se hubiese implementado un Programa de Castraciones Gratuitas a Cargo del Estado, sostenidas en el tiempo y en número suficiente.
Indicando además, que lo que se deba destinar a dicho Control Poblacional, debe ser incluido por ordenanza en el presupuesto anual de cada comuna o municipio para que, de esa manera, el servicio jamás se detenga.

Asociación Protectora de Animales “Hocicos Felices” – Las Parejas – Santa Fe

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