
Roberto Locles, profesor Licenciado en Criminalística, habló para la 100.9.
Abocado al esclarecimiento de casos muy resonantes y autor de un sinnúmero de libros sobre la materia, dejó sus conceptos sobre las posibles causas convergentes en muchos crímenes, incluso sobre el de Bárbara Simón.
La palabra de un perito de prestigio internacional. Vale la pena oirlo.
2 comentarios:
Edición Domingo 03.01.1999 » Política » Separan a un falso perito que actuó en casos resonantes
FALLO DEFINITIVO DE LA CORTE SUPREMA
Separan a un falso perito que actuó en casos
resonantes
ROGELIO GARCIA LUPO
El capitán (R) Roberto Jorge Locles, que se ha desempeñado como perito
balístico en causas de resonancia pública, no es perito ni tampoco idóneo en
la materia, según la resolución de la Corte Suprema de Justicia del pasado
15 de diciembre.Locles ya había sido excluido del listado de peritos en
balística por una resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal porque carecía de título habilitante. Esa resolución, que eliminó el
nombre del capitán Locles de la Secretaría de Superintendencia de la
Cámara, dio lugar a un pedido de reconsideración que fue analizado por la
Corte Suprema a lo largo de 1998 y culminó con la Resolución 3226/98. Allí,
el alto tribunal ratifica los fundamentos de la Cámara y mantiene la
separación de Locles del ejercicio de la profesión.El fallo de la Corte Suprema
lleva la firma del presidente del alto tribunal, Julio Nazareno y de los
ministros Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Augusto Belluscio, Eduardo Moliné
OConnor y Adolfo Vázquez. Dicen los ministros de la Corte que el capitán
Locles argumentó que la separación de la lista de peritos balísticos le
causaba un agravio pero que, por el contrario, lo que pretendió fue pasar
por encima del principio de igualdad consagrado por la Constitución. En su
razonamiento, la Corte Suprema dice que todos los peritos balísticos
inscriptos han cumplido con la exigencia de contar con título habilitante, las
que no pudo satisfacer Locles. Entonces concluyen que el principio de
igualdad consagrado en el Art. 16 de la Constitución Nacional exige un trato
igualitario para aquellos que se encuentran en idénticas condiciones, de
modo tal que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a
unos de lo que se concede a otros, en iguales circunstancias.Este fallo de la
Corte Suprema clausura definitivamente la pretensión de Locles de ser
considerado perito balístico sin poseer el correspondiente título y con el
único respaldo de la cantidad de pericias que ha realizado a pesar de esa
carencia. Justamente en este punto la Corte Suprema recuerda en su fallo
que el Código de Procedimientos Penales es muy claro cuando afirma que los
peritos deben contar con título habilitante y la designación de quienes
solamente tienen conocimientos o práctica reconocida sólo es posible en
caso de ausencia de reglamentación de la profesión en cuestión. Este no es
el caso de los peritos en balística, dice la Corte, porque la especialidad está
plenamente reglamentada y, por añadidura, la Dirección Nacional de Gestión
Universitaria del Ministerio de Educación informó que los estudios de Locles
no son suficientes.Locles participó en casos públicos como la investigación
de la muerte del hijo del presidente Carlos Menem en un accidente de
helicóptero y tuvo a su cargo la certificación de la existencia de impactos de
bala en la máquina. Esta circunstancia no fue tomada en cuenta por el juez
Villafuerte Ruzzo, quien cerró la causa.También estuvo a su cargo la
certificación de calidad de una venta de granadas a Pakistán efectuada por
Fabricaciones Militares en 1989, cuya calidad fue cuestionada por el Ejército
de ese país después de comprobar que no estallaban o lo hacían fuera de
tiempo.El informe pericial del capitán Locles fue impugnado por negligencia,
inconducta y mal desempeño y también por parcialidad en connivencia con
los peritos de Fabricaciones Militares.
Ayuda | Ediciones Anteriores | Versión Palm
Noticias gratis en su sitio - RSS | Clarín.com página de inicio
Copyright 1996-2009 Clarín.com - All rights reserved
Directora Ernestina Herrera de Noble | Normas de confidencialidad y privacidad
Diario Olé | Diario La Razón | Ciudad Internet | Biblioteca Digital
Grupo Clarín
POR QUE NO PUBLICAS EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA QUE DICE QUE ESTE CHANTA NO ES PERITO EN NADA?
Publicar un comentario