Un fallo que sienta jurisprudencia |
El juez en lo correccional de Cañada de Gómez, Jesús Alberto
Rizzardi, condenó a una mujer a seis meses de prisión condicional por el
delito de impedimento de contacto de menores de edad con sus padres no
convivientes.
La pena adoptada por el magistrado fue el corolario de la actitud
reiterada de la madre quien en algunos días establecidos de visita del
padre a su hijo, avalándose en certificados médicos afirmaba que el niño
estaba enfermo para evitar el contacto su papá.
En otras ocasiones la mujer y el menor no se encontraban en su casa
en el horario determinado para que el nene estuviera con el padre.
Así, sistemáticamente la mujer impedía el contacto de su hijo menor
de edad con su padre, según confirmaron fuentes judiciales a LT3, y
finalmente ahora por esa conducta fue condenada a seis meses de prisión
de ejecución condicional.
Fuente: La Capital
1 comentario:
Tener un hijo es una decisión que debe tomare de a 2.
Los hijos no deben pagar las consecuencias de los errores cometidos por sus padres.
Uno cuando se divorcia lo hace de su pareja, no de sus hijos.
Esa extraña y maliciosa idea de limitar el vínculo familiar creyendo que de esa manera se castiga al ex-cónyuge cuando en realidad a quien se castiga es a los hijos, ya que las situaciones que viva durante los primeros años de su vida son las que forjarán su personalidad y contribuirán a que sea una buena o una mala persona.
Silo De Gaspari
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